Bonos para cesantes 2025: ¡Descubre AQUÍ cómo cobrar estos beneficios y los requisitos para recibirlos hoy 20 de abril!

Para todos nuestros amigos cesantes, les traemos los diversos bonos y beneficios y el paso a paso para postular a ellos.

Bono Para Cesantes 20 04
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Sabemos lo difícil que es perder el trabajo y quedar desempleado. Más aún cuando detrás hay una familia y gastos que no dan tregua.

Es por esto, que en tu Radio Corazón nos pusimos la capa para transformarnos en superhéroes y salvarlos con la información que recopilamos.

Estos son los bonos y beneficios para cesantes 2025

En Chile hay disponibles cuatro bonos y beneficios orientados a quienes se encuentran desempleados. Sin embargo, para acceder a estos apoyos es necesario cumplir con ciertos requisitos, los que detallamos a continuación.

Seguro de cesantía

Uno de los principales apoyos es el Seguro de Cesantía, un beneficio dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Cabe destacar que este seguro está destinado a quienes han mantenido un contrato laboral, ya que una parte de su remuneración se destina al financiamiento de este fondo.

Estos son los requisitos que se deben cumplir:

  • Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
  • Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

Si se cumplen los requisitos ya nombrados, se podrá retirar el dinero haciendo giros mensuales, de acuerdo al sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. Revisa los porcentajes:

  • 70% primer mes.
  • Segundo mes 60%
  • Tercer mes 45%
  • Cuarto mes 40%
  • Quinto mes 35%
  • Sexto mes o más 30%.

La postulación la puedes hacer a través del siguiente link

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Fondo de cesantía solidario

Luego, te traemos el fondo de cesantía solidario. Este beneficio está destinado a personas desempleadas que no tengan fondos suficientes en su seguro de cesantía o que hayan agotado su saldo y permanezcan sin empleo. Para recibir Fondo de Cesantía Solidario, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante al momento de la postulación.
  • No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
  • Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
  • Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.

En caso de que se cumpla lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que el beneficiado tenía contrato indefinido. En tanto, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.

Subsidio de cesantía

En tercer lugar, te traemos el subsidio de cesantía Este beneficio está destinado a quienes no reúnen los requisitos para acceder al seguro de cesantía. Es administrado y entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede concederse por un máximo de 360 días.

Los requisitos son los siguientes

  • Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
  • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

Indemnización por término de contrato

Para cerrar, te traemos la indemnización por término de contrato. Esta puede reemplazar o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.

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Es importante señalar que este acuerdo puede pactarse con el empleador tras siete años de relación laboral. Así, la indemnización legal se sustituye por una indemnización «a todo evento». De este modo, se garantiza su cobro sin inconvenientes en caso de desempleo.

Asimismo, desde el 1 de diciembre de 2023, se introdujeron modificaciones en los beneficios para personas cesantes. Aquellos cuya solicitud haya sido rechazada recientemente pueden volver a presentarla. Del mismo modo, quienes ya reciben el beneficio y tienen pagos programados después de esta fecha podrían notar ajustes en los montos.

 


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