La cesantía es un problema real, y los gastos económicos son cada día más pesados, sobre todo para la población que se encuentra sin trabajo.
Es por esto, que en tu Radio Corazón nos pusimos la»10″ y te traemos la información detallada de los beneficios a los que puedes acceder.
Estos son los bonos y beneficios para cesantes en 2025
Para empezar, es fundamental saber que en Chile hay cuatro bonos y beneficios enfocados en quienes están desempleados. Eso sí, para acceder a ellos es necesario cumplir con ciertos requisitos, los cuales te detallamos a continuación.
Indemnización por término de contrato
Para empezar con el listado, encontramos la indemnización por término de contrato, que puede reemplazar o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Cabe señalar que este acuerdo puede pactarse con el empleador tras siete años de relación laboral. Así, la indemnización legal se sustituye por una indemnización «a todo evento», lo que garantiza su cobro sin inconvenientes en caso de desempleo.
Además, a partir del 1 de diciembre de 2023, se introdujeron modificaciones en los beneficios para personas cesantes. Aquellos cuya solicitud haya sido rechazada recientemente pueden volver a presentarla. Del mismo modo, quienes ya reciben el beneficio y tienen pagos programados después de esta fecha podrían notar ajustes en los montos.
Fondo de cesantía solidario
Continuando con el listado, encontramos el Fondo de Cesantía Solidario. Este beneficio está pensado para quienes se encuentran sin trabajo y no cuentan con recursos suficientes en su seguro de cesantía, o bien, ya han utilizado todo su saldo y siguen desempleados. Para acceder a este fondo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Subsidio de cesantía
Siguiendo, te presentamos el tercer beneficio: el Subsidio de Cesantía. Este apoyo está dirigido a quienes no cumplen con los requisitos para acceder al seguro de cesantía. Es otorgado y gestionado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede entregarse por un periodo máximo de 360 días.
Estos son los requisitos que debes cumplir:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Seguro de cesantía
Para cerrar, te traemos el seguro de cesantía. Este beneficio se otorga a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que cuentan con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Está dirigido a quienes han tenido un contrato laboral, dado que una parte de sus ingresos contribuye al financiamiento de este seguro.
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.