Entendemos claramente que los últimos días del mes pueden ser un gran desafío en temas económicos, especialmente para quienes se encuentran sin pega y deben ingeniárselas para afrontar la situación.
Es por esto, que en La Número Uno de Chile nos pusimos la capa por nuestros amigos cesantes e hicimos una recopilación de los beneficios a los que pueden acceder.
Bonos y beneficios para cesantes 2025: Esto es lo que debes saber
Para empezar, es fundamental destacar que en Chile existen cuatro bonos y beneficios dirigidos a personas desempleadas. No obstante, para acceder a ellos, es necesario cumplir ciertos requisitos, los cuales te detallamos a continuación.
Subsidio de cesantía
Para comenzar, te traemos el primer beneficio, que corresponde al subsidio de cesantía. Este subsidio está destinado a quienes no reúnen los requisitos para acceder al seguro de cesantía. Es administrado y entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede concederse por un máximo de 360 días.
¿Cuáles son los requisitos? Te los entregamos a continuación:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Fondo de cesantía solidario
En segundo lugar, se encuentra el fondo de cesantía solidario. Este beneficio está destinado a personas sin empleo que no dispongan de fondos suficientes en su seguro de cesantía o que hayan agotado su saldo y continúen desempleadas. Para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario, es fundamental cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Indemnización por término de contrato
Siguiendo con los beneficios, encontramos la indemnización por término de contrato, la cual puede sustituir o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Es importante destacar que este acuerdo puede establecerse con el empleador después de siete años de relación laboral. De esta manera, la indemnización legal se reemplaza por una indemnización «a todo evento», lo que permite su cobro sin inconvenientes en caso de desempleo.
Además, a partir del 1 de diciembre de 2023, se implementaron cambios en los beneficios para personas cesantes. Quienes hayan tenido su solicitud rechazada recientemente pueden volver a presentarla. Asimismo, aquellos que ya reciben el beneficio y tienen pagos programados después de esta fecha podrían experimentar ajustes en los montos.
Seguro de cesantía
El último beneficio económico de este listado, es el seguro de cesantía. Este se entrega a los trabajadores inscritos en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Está destinado a quienes tenían un contrato laboral, ya que una parte de sus ingresos cubre el financiamiento de este seguro.
Estos son los requisitos que se deben cumplir:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
Si se cumplen los requisitos, se podrá retirar el dinero haciendo giros mensuales, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.