Sabemos lo difícil que es llegar a fin de mes, más aún cuando la cesantía es un problema real y en mes tan complicado como lo es marzo, donde los gastos están a la orden del día.
Es por esto, que en La Número Uno de Chile hicimos la peguita de traerles un listado con los beneficios detallados a los que pueden acceder nuestros amigos cesantes.
Listado detallado de los bonos y beneficios para cesantes 2025
Para empezar, es fundamental destacar que en Chile existen cuatro bonos y beneficios específicos para personas desempleadas. No obstante, para acceder a ellos, es necesario cumplir con ciertos requisitos, que te contamos a continuación.
Fondo de cesantía solidario
Para iniciar, te traemos el fondo de cesantía solidario. Este apoyo está destinado a personas sin empleo que no tengan los fondos necesarios en su seguro de cesantía o que hayan agotado su saldo y no cuenten con trabajo. Para optar al Fondo de Cesantía Solidario, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Seguro de cesantía
Luego, en segundo lugar, encontramos el seguro de cesantía. Este apoyo se entrega directamente a los trabajadores inscritos en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que posean una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Está destinado a quienes tenían un contrato laboral, dado que una parte de sus ingresos se utiliza para financiar este seguro.
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
En caso de cumplir con los requisitos, se puede hacer un retiro de dinero realizando giros de carácter mensual, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
Subsidio de cesantía
Otro de los beneficios, es el subsidio de cesantía. Este beneficio está destinado a personas que no reúnen los requisitos para acceder al seguro de cesantía. El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de gestionar y otorgar este subsidio, el cual puede ser concedido por un máximo de 360 días.
A continuación te dejamos los requisitos:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Indemnización por término de contrato
El último beneficio corresponde a la indemnización por término de contrato, la cual puede sustituir o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Es importante mencionar que este acuerdo puede establecerse con el empleador después del séptimo año de relación laboral. De este modo, la indemnización legal se reemplaza por una indemnización «a todo evento», lo que permite acceder a ella sin inconvenientes en caso de quedar desempleado.
Además, a partir del 1 de diciembre de 2023, se implementaron modificaciones en los beneficios para personas cesantes. Aquellos cuya solicitud haya sido rechazada recientemente pueden volver a presentarla. Asimismo, quienes ya reciben el beneficio y tienen pagos programados después de esta fecha podrían experimentar ajustes en los montos.