Perder el trabajo es sin duda un momento complejo, y es que la incertidumbre de conseguir un nuevo puesto y pagar las distintas deudas son un agente estresor en ese escenario. Sobre todo si quedaste sin pega en marzo, esta situación puede desmotivarte aún más.
Por eso en tu Radio Corazón te quisimos ayudar y te traemos todo lo que necesitas saber para postular a un listado de bonos que te ayudarán a enfrentar la cesantía de la mejor manera.
Detalles de los bonos y beneficios para cesantes en 2025
En Chile existen cuatro tipo de bonos y beneficios orientados a personas que pedieron sus empleos. Sin embargo, para poder acceder a ellos es imperativo cumplir con una serie de requisitos.
A continuación te dejamos todo lo que debes saber y hacer para poder optar a estos bonos y beneficios estatales, que te vendrán como anillo al dedo.
Seguro de cesantía
En primer lugar encontramos el seguro de cesantía, beneficio que es entregado a todas aquellas personas que estén afiliadas Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que dispongan de una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). El seguro de cesantía está destinado a todos quienes contaban con un contrato laboral, dado que parte de sus remuneraciones iban al financiamiento de este beneficio.
Aquí te dejamos los requisitos necesarios para su postulación:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
Ahora bien, en caso de cumplir con alguno de los requisitos, se puede retirar el dinero realizando giros de carácter mensual, los cuales corresponderán a un cierto porcentaje de sus remuneraciones. Es decir, mes a mes el monto va disminuyendo. A continuación te dejamos los porcentajes de pago:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
Subsidio de cesantía
El segundo beneficio es el subsidio de cesantía, una ayuda económica destinada a quienes no cumplen con los requisitos para acceder al seguro de cesantía. Este subsidio es administrado y pagado a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y puede otorgarse por un período máximo de 360 días.
Estos son los requisitos:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Indemnización por término de contrato
En tercer lugar se encuentra la indemnización por término de contrato, el cual sustituye o complementa la indemnización legal por años de servicio y la protección otorgada por el seguro de cesantía.
Hay que indicar que se puede llegar a este acuerdo con tu empleador pasado el séptimo año de relación con la empresa. De este modo, se sustituye la indemnización legal por una a todo evento. En este sentido, si llegas a quedar sin trabajo, podrás cobrar el dinero sin problema.
Además, se debe señalar que el 1 de diciembre del 2023 se hicieron diversos cambios a los beneficios para cesantes. Por lo que a quienes recientemente se les rechazó su solicitud pueden presentar una nueva. Además, si ya están recibiendo el beneficio y tienen pagos programados para después de esta fecha, podrían ser reajustados.
Fondo de cesantía solidario
Para cerrar, se encuentra el Fondo de cesantía solidario. Este beneficio está dirigido a personas desempleadas que no dispongan de los recursos suficientes en su seguro de cesantía, o que ya hayan agotado su saldo y no cuenten con un empleo. Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.