Ya comenzamos un nuevo año, y sabemos que hay muchas personas que lamentablemente están sin trabajo, haciendo de las vacaciones de verano una época complicada, ya que en estas fechas suelen aumentar los gastos.
Por lo mismo, en Radio Corazón hicimos un listado de bonos y beneficios para personas cesantes, y sin duda estas ayuditas económicas serán un alivio para sus bolsillos.
Esto es todo lo que debes saber de los bonos y beneficios para cesantes 2025
En Chile, existen cuatro bonos y beneficios específicamente creados para apoyar a las personas sin empleo. No obstante, para acceder a ellos, es fundamental cumplir con ciertos requisitos.
A continuación, te presentamos toda la información esencial sobre las ayudas estatales disponibles para cesantes.
Seguro de cesantía
El primer beneficio es el seguro de cesantía, el cual se entrega directamente a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Este seguro está destinado exclusivamente a quienes trabajaban bajo contrato, ya que una parte de sus ingresos se destina al financiamiento de este beneficio.
Estos son los requisitos que se deben cumplir:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
En caso de cumplir con los requisitos, se puede hacer un retiro de dinero realizando giros de carácter mensual, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
Subsidio de cesantía
El segundo beneficio es el subsidio de cesantía, destinado a quienes no cumplen con los requisitos para acceder al seguro de cesantía. Este apoyo económico es gestionado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede recibirse por un período máximo de 360 días.
Estos son los requisitos:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Indemnización por término de contrato
El tercer beneficio corresponde a la indemnización por finalización de contrato, la cual sustituye o complementa la indemnización legal por años de servicio y la protección otorgada por el seguro de cesantía.
Hay que indicar que se puede llegar a este acuerdo con tu empleador pasado el séptimo año de relación con la empresa. De este modo, se sustituye la indemnización legal por una a todo evento. En este sentido, si llegas a quedar sin trabajo, podrás cobrar el dinero sin problema.
Además, se debe señalar que el 1 de diciembre del 2023 se hicieron diversos cambios a los beneficios para cesantes. Por lo que a quienes recientemente se les rechazó su solicitud pueden presentar una nueva. Además, si ya están recibiendo el beneficio y tienen pagos programados para después de esta fecha, podrían ser reajustados.
Fondo de cesantía solidario
Por último, te traemos el Fondo de cesantía solidario. Este beneficio va dirigido a las personas cesantes que no tengan los recursos suficientes en el seguro de cesantía o que ya hayan utilizado su dinero y no cuenten con un empleo. Los requisitos para acceder al Fondo de cesantía solidario son los siguientes:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.