Estos son los horarios que tendrá el comercio y supermercados para hoy martes 24 de diciembre

Si aún no haces las últimas compras navideñas o no te has preparado para la cena de Nochebuena, presta atención a los horarios del comercio.

Horario Supermercados 24 De Diciembre
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Nos encontramos en la recta final del año y también a las puertas de una de las celebraciones más esperadas: la Navidad. Como consecuencia, el 25 de diciembre es un feriado irrenunciable, lo que implica que casi la mayoría de los comercios no pueden operar.

Si todavía tienes pendientes  tus compras navideñas, ya sea regalos o artículos para la cena, presta atención a los horarios especiales de supermercados y centros comerciales. No olvides que el 24 de diciembre están obligados a cerrar más temprano.

Horarios de malls y supermercados

Jumbo:

  • martes 24 de diciembre: Cierre entre 18:00 y 18:30 horas, según el local.
  • miércoles 25 de diciembre: Cerrado.

Líder y Líder Express:

  • martes 24 de diciembre: Abierto hasta las 18:00 horas, con cierre extendido en algunos locales hasta las 18:30 o 19:00 horas.
  • miércoles 25 de diciembre: Cerrado.

Tottus:

  • martes 24: Cierre entre las 18:30 y 19:00 horas, según el local.
  • miércoles 25: Cerrado.

Santa Isabel:

  • martes 24: Abierto hasta las 18:30 horas.
  • miércoles 25: Cerrado.

Cencosud (Costanera, Alto Las Condes, Portal La Dehesa, entre otros):

  • martes 24: Locales y patios de comida operarán entre las 09:00 y las 19:00 horas.
  • miércoles 25: Cerrado.

Unimarc:

  • martes 24: Cierre a las 18:30 horas.
  • miércoles 25: cerrado.

Mall Plaza:

  • martes 24: Horario a confirmar en cada sucursal.
  • miércoles 25: Cerrado.

Open Plaza (Kennedy, Ovalle, Rancagua, La Calera):

  • martes 24: Abiertos hasta las 19:00 horas.
  • miércoles 25: Cerrado.

Comercio que sí puede abrir este 25 de diciembre

Es importante tener en cuenta que el 25 de diciembre es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables que existen en el año en nuestro país. Los otros corresponden al 1 de enero, 1 de mayo, y el 18 y 19 de septiembre.

  • Restaurantes.
  • Clubes.
  • Locales de diversión; tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub y  cabarets.
  • Casinos de juego.
  • Aeropuertos, aeródromos, etc.

Además, tampoco se aplicará a los trabajadores de estaciones de servicio de combustible, ni farmacias de turno.

 


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