Bonos para cesantes 2024: ¡Descubre AQUÍ cómo cobrar estos beneficios y qué requisitos necesitas cumplir para recibirlos hoy 8 de diciembre!

¿Necesitas una ayudita extra debido a la cesantía? Acá te traemos los bonos y beneficios dirigidos a nuestros amigos sin pega.

Bono Cesantes 8 12
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Estamos a puertas de las fiestas de fin de año, y aunque son sinónimo de alegría y diversión, también es un gasto extra significativo.

Es por esto que, en Radio Corazón queremos ser ayudarte, asó que realizamos una lista detallada con bonos y beneficios para nuestros amigos cesantes.

Bonos y beneficios para cesantes 2024

Es importante mencionar que en Chile existen cuatro bonos y beneficios diseñados específicamente para personas sin empleo. No obstante, es indispensable cumplir con ciertos requisitos para poder acceder a ellos.

Todos los detalles a continuación:

Indemnización por término de contrato

El primer beneficio es la indemnización por término de contrato, la cual puede reemplazar o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.

Es importante destacar que este acuerdo puede establecerse con el empleador después de siete años de relación laboral con la empresa. Así, la indemnización legal se sustituye por una que aplica a todo evento, permitiendo al trabajador acceder al dinero sin inconvenientes en caso de quedar sin empleo.

Por otro lado, cabe mencionar que el 1 de diciembre de 2023 se implementaron diversos cambios en los beneficios para personas cesantes. Esto significa que quienes hayan tenido su solicitud rechazada recientemente pueden presentarla nuevamente. Además, quienes ya estén recibiendo el beneficio y tengan pagos programados para después de esta fecha podrían experimentar un reajuste.

Seguro de cesantía

Luego, tenemos el seguro de cesantía. Cabe destacar que este se entrega de manera directa a los trabajadores que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Además, este beneficio va dirigido a quienes contaban con contrato, pues una parte de lo ganado es destinado para la obtención de este seguro.

Acá te entregamos los requisitos:

  • Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
  • Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

En caso de cumplir con los requisitos, se puede hacer un retiro de dinero realizando giros de carácter mensual, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:

  • 70% primer mes.
  • Segundo mes 60%
  • Tercer mes 45%
  • Cuarto mes 40%
  • Quinto mes 35%
  • Sexto mes o más 30%.

Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link

Fondo de cesantía solidario

En tercer lugar, traemos el fondo de cesantía solidario. Este beneficio va dirigido a las personas cesantes que no tengan los recursos suficientes en el seguro de cesantía o que ya hayan utilizado su dinero y no cuenten con un empleo. Los requisitos para acceder al Fondo de cesantía solidario son los siguientes:

  • Estar cesante al momento de la postulación.
  • No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
  • Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
  • Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.

Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.

Subsidio de cesantía

Para cerrar, encontramos el subsidio de cesantía. Este beneficio económico está dirigido a quienes no cumplen los requisitos del seguro de cesantía. Este bono se paga mediante el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede ser recibido por máximo 360 días.

Estos son los requisitos:

  • Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
  • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).


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