Quedarse sin pega puede hacer que la vida se complique, sobre todo en esta etapa del año, donde se suele gastar más dinero. Por lo mismo, en Radio Corazón nos pusimos la capa y nos transformamos en tus superhéroes para traerte un listado con los bonos y beneficios destinados a todos quienes se encuentran sin pega.
Estos son los bonos y beneficios para cesantes 2o24
Es relevante mencionar que en Chile existen cuatro bonos y beneficios creados de manera especial para personas sin empleo. No obstante, se debe cumplir con algunos requisitos para acceder a estos.
A continuación, te entregamos toda la información detallada que es necesario saber respecto a las ayudas estatales para cesantes.
Indemnización por término de contrato
El primer beneficio que te traemos es la indemnización por término de contrato. Este remplaza o complementa la indemnización legal por los años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Hay que indicar que se puede llegar a este acuerdo con tu empleador pasado el séptimo año de relación con la empresa. De este modo, se sustituye la indemnización legal por una a todo evento. En este sentido, si llegas a quedar sin trabajo, podrás cobrar el dinero sin problema.
Además, se debe señalar que el 1 de diciembre del 2023 se hicieron diversos cambios a los beneficios para cesantes. Por lo que a quienes recientemente se les rechazó su solicitud pueden presentar una nueva. Además, si ya están recibiendo el beneficio y tienen pagos programados para después de esta fecha, podrían ser reajustados.
Seguro de cesantía
Este se entrega de manera directa a los trabajadores que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Además, este beneficio va dirigido a quienes contaban con contrato, pues una parte de lo ganado es destinado para la obtención de este seguro.
Estos son los requisitos para acceder a esta ayuda económica:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
En caso de cumplir con los requisitos, se puede hacer un retiro de dinero realizando giros de carácter mensual, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
Fondo de cesantía solidario
El tercero es el fondo de cesantía solidario, este beneficio va dirigido a las personas cesantes que no tengan los recursos suficientes en el seguro de cesantía o que ya hayan utilizado su dinero y no cuenten con un empleo. Los requisitos para acceder al Fondo de cesantía solidario son los siguientes:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajo con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Subsidio de cesantía
Por último, existe el subsidio de cesantía y está destinado a quienes no cumplen los requisitos del seguro de cesantía. Este bono se paga mediante el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede ser recibido por máximo 360 días.
Conoce los requisitos a continuación:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).