Bonos para cesantes 2024: consulta con tu RUT los beneficios que puedes recibir, hoy 28 de junio, y cómo cobrarlos

A continuación les contamos a los amigos sin pega sobre los bonos y beneficios para cesantes que pueden conseguir en Chile.

Bonos Para Cesantes 28 Junio
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Como sabemos que algunos de nuestros auditores están pasando por un mal rato tras quedarse sin pega, en La Número Uno de Chile nos pusimos las pilas y buscamos el beneficio justo todos ustedes. Nos referimos ni más ni menos que a los bonos y beneficios para cesantes y cómo es que pueden postular.

De este modo y en caso de que estés buscando trabajo, pero el dinero ya comience a ser un problema, aquí puedes conocer todos los detalles que sin duda pueden llegar a ser un tremendo aporte en tiempos difíciles.

Aquí te contamos cuáles son los detalles sobre los beneficios y bonos para cesantes

En otras oportunidades, ya te hemos mencionado que, los bonos y beneficios que están destinados para cesantes en nuestro país son cuatro. Junto con esto, se debe indicar que para acceder a cada uno de ellos se debe cumplir con ciertos requisitos, los que te dejamos aquí.

Indemnización por término de contrato

Uno de los bonos que está destinado para cesantes es la indemnización por término de contrato. Este remplaza o complementa la indemnización legal por los años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.

Hay que indicar que se puede llegar a este acuerdo con tu empleador pasado el séptimo año de relación con la empresa. De este modo, se sustituye la indemnización legal por una a todo evento. En este sentido, si llegas a quedar sin trabajo, podrás cobrar el dinero sin problema.

Además, se debe señalar que el 1 de diciembre se hicieron diversos cambios a los beneficios para cesantes. Por lo que a quienes recientemente se les rechazó su solicitud pueden presentar una nueva. Además, si ya están recibiendo el beneficio y tienen pagos programados para después de esta fecha, podrían ser reajustados.

Seguro de cesantía

Seguimos con otro beneficio, siendo en este caso el seguro de cesantía. Este se entrega directamente a los trabajadores que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Además, este beneficio va dirigido a quienes contaban con contrato, pues una parte de lo ganado es destinado para la obtención de este seguro.

Los requisitos para acceder a esta ayuda son los siguientes:

  • Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
  • Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
  • Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
  • Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.

En caso de cumplir con los requisitos, se puede hacer un retiro de dinero realizando giros de carácter mensual, según el sueldo que se recibió durante los últimos 12 meses. De este modo, los porcentajes son:

  • 70% primer mes.
  • Segundo mes 60%
  • Tercer mes 45%
  • Cuarto mes 40%
  • Quinto mes 35%
  • Sexto mes o más 30%.

Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link

Fondo de cesantía solidario

Por otro lado, este beneficio va orientado a las personas cesantes que no tengan los recursos suficientes en el seguro de cesantía o que ya hayan utilizado su dinero y no cuenten con un empleo. Los requisitos para acceder al Fondo de cesantía solidario son los siguientes:

  • Estar cesante al momento de la postulación.
  • No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
  • Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
  • Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.

En caso de cumplir con lo anterior, este bono se entrega durante cinco meses seguidos si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, en caso de un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través de este link.

Subsidio de cesantía

Finalmente, debemos recordar que el subsidio de cesantía está destinado a quienes no cumplen los requisitos del seguro de cesantía. Este bono se paga mediante el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede ser recibido por máximo 360 días.

Conoce los requisitos a continuación:

  • Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
  • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).


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