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Caso Franco Parisi: Fiscalía acoge defensa por deuda de pensión

Recientemente la Corte de Apelaciones aceptó la defensa de Franco Parisi por la millonaria deuda de pensión de alimentos.

Camila Pino |

Franco Parisi Covid

Franco Parisi Covid

Por estos días el ex candidato presidencial del Partido de la Gente, Franco Parisi, logró una importante victoria en la Corte de Apelaciones. Pues se acogió su recurso de defensa en contra de la resolución dictada por el 3er Juzgado de Garantía de Santiago.

Esto en el marco de la disputa con su ex-pareja por el pago de una millonaria deuda por la pensión de 2 de sus hijos de 14 años de edad. Así que con esto el tribunal comienza a discutir la nulidad de la morosidad; por lo que podría levantar la orden de arraigo en su contra.

De acuerdo a lo consignado por La Tercera, Elizabeth Sierra (abogada de Parisi), habría presentado una serie de vicios en el juicio. «El señor Parisi no pudo saber de la existencia de esta causa, que no se le notificó de la aprobación judicial de transacción» indicó.

«(Tampoco) el señor Parisi dio a conocer su correo electrónico para notificaciones, que nunca confirió patrocinio y poder; que los abogados que han actuado tanto en la causa voluntaria como cuando se transformó en causa contenciosa» agregó.

Así que el 3er Juzgado de Familia De Santiago deberá remitir el recurso de apelación. Así, finalmente se resolverá si se acoge definitivamente o se rechaza. Según reporta La Cuartalo que busca Parisi es que se anulen las actuaciones del juicio originado en 2016; debido a que el ex candidato presidencial no habría sido emplazado. 

La nueva defensa de Franco Parisi

Parisi ya intentó revocar la orden de arraigo en su contra. La última vez fue el 16 de Septiembre de 2021; acá acusó a su ex-pareja de tener «una mala fe evidente, al no informar adecuada y oportunamente al tribunal los domicilios del alimentante; cuestión que siempre supo, debido a que mis hijos siempre mantuvieron una relación directa y regular conmigo«.

«No sólo no informó correctamente el domicilio; sino que también obvió explícitamente que el alimentante jamás compareció a los autos ni de forma personal. Ni en la forma exigida por el artículo 18 de la Ley que crea los tribunales de familia, ni fui emplazado válidamente», añadió en dicha ocasión.

«La mala fe de la contraria también se refleja en el hecho que pese a saber que el domicilio informado por ellos no era el correcto; aprovechándose de que se notificara de mala forma», concluyó Franco Parisi.

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