Por las Elecciones Presidenciales 2021, este domingo 21 de noviembre es feriado irrenunciable, por lo que el comercio no funcionará de la misma manera que en otras oportunidades; especialmente los centros comerciales y strip center.
Eso sí, quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenos a los complejos comerciales con administración única. Además de los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
¿Cómo funcionan los supermercados?
El feriado por las elecciones para los trabajadores del comercio empieza a más tardar a las 21 horas del sábado 20 de noviembre de 2021 y termina a las 6am del lunes 22 de noviembre.
La Dirección del Trabajo fiscalizará esto también para la segunda vuelta presidencial del domingo 19 de diciembre.
El supermercado Lider informó en sus redes sociales que sus locales ubicados en centros comerciales estarán cerrados.
Y llamó a la gente a verificar en www.lider.cl/tiendas el horario de funcionamiento de este domingo 21 de noviembre de sus locales ajenos a centros comerciales.
Por su parte, Tottus indicó en su web que sus supermercados ubicados fuera de los malls funcionarán en horario regular de 08:00 a 21:00 horas.
Y respecto de Jumbo, Santa Isabel y Unimarc hay que revisar en sus espacios web de funcionamiento sus horarios para la jornada de las elecciones.
El voto para quienes deben trabajar
Como te mencionamos, aunque el feriado es irrenunciable, de todas formas son muchas las personas a quienes les toca trabajar para estas Elecciones Presidenciales, por lo que muchos están con la duda de en qué momento podrán ir a votar.
Según señala la Dirección del Trabajo, los empleadores tienen que entregar el permiso obligatorio de dos horas para que las personas acudan a las urnas. Y en caso de no cumplir se arriesgan a multas desde $160.428 a $3.208.560, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
Además, la Dirección del Trabajo tiene que vigilar el otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.