Dirección del Trabajo determinó que Viñuela es el «único responsable del episodio» con camarógrafo

Desde la dirección del Trabajo entregaron la resolución tras la denuncia presentada por el sindicato del canal en el caso Viñuela.

José Miguel Viñuela

La jornada de este jueves se entregó la resolución por parte de la Dirección del Trabajo (DT) frente al incidente protagonizado por José Miguel Viñuela en ‘Mucho Gusto’ el 16 de julio pasado. Donde este le cortó el pelo al camarógrafo José Miranda sin su consentimiento, lo que generó gran polémica e incluso terminó en la salida del comunicador del espacio.

Junto con esto, se suma la demanda del propio Miranda en contra de Viñuela, en la que se exige una indemnización de $100 millones por los perjuicios causados en el contexto de un programa en vivo.

El sindicato de Mega denunció al canal ante la Dirección del Trabajo y, según consignó La Tercera, se concluyó que Viñuela fue el único responsable del episodio. Por lo tanto, la estación de Bethia —el empleador— quedó eximida.

«La Fiscalía Laboral asignada a la investigación de los hechos ha concluido sin indicios de vulneración por parte del empleador a los derechos fundamentales del Sr. Miranda», señaló el organismo.

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El escrito agregó que fue «posible establecer mediante la investigación a través de declaraciones, documentos y videos que la empresa adoptó medidas oportunas, suficientes y efectivas al respecto, con lo cual no resulta posible hacer un reproche al empleador, resultando forzoso concluir la investigación como se dijo, sin indicios de vulneración por parte del empleador a los derechos fundamentales del Sr. Miranda».

En resumen, la Dirección del Trabajo indicó que, «fue posible constatar lo denunciado respecto del actuar del Sr. Viñuela para con éste (Miranda), quien según lo investigado resultó ser el único responsable del episodio ocurrido».

La acción del animador hacia el camarógrafo, remarcó la entidad, fue una «actuación que se traduce en una conducta totalmente pluriofensiva atendida a la gravedad y publicidad de los hechos, existiendo indicios suficientes de vulneración al derecho a la integridad psíquica del Sr. Miranda, al derecho al respeto y protección de su vida privada en cuanto a la autodeterminación de su imagen cual era usar el pelo largo y en relación a ello, de vulneración a su derecho a la no discriminación».


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